Málaga regula los patinetes en su Ordenanza de Movilidad, en vigor desde el 20 de enero de 2021: fija la edad mínima en 16 años, obliga a llevar las luces encendidas a cualquier hora y deja entrar en el centro histórico a los patinetes particulares, pero no a los de alquiler. A ella se suma la norma estatal: la inscripción en la DGT es obligatoria desde el 30 de enero de 2026 (Real Decreto 52/2026) y, desde el 1 de octubre de 2026, se aplican las reglas del Real Decreto 518/2026.
| Tema | Qué se aplica en Málaga | Fuente |
|---|---|---|
| Inscripción y seguro | Inscripción en la DGT obligatoria desde el 30/01/2026. La ordenanza solo recomendaba el seguro a los particulares; hoy es obligatorio por la Ley 5/2025, y la DGT multa con 250 a 800 € circular sin él. | RD 52/2026; Ordenanza, art. 37; Ley 5/2025 |
| Edad mínima | 16 años según la ordenanza; conducir con menos se multa con 60 €. Desde el 1/10/2026 el mínimo estatal es de 15 años. | Ordenanza, art. 37 y anexo I; RD 518/2026 |
| Casco y chaleco | La ordenanza los recomienda y los hace obligatorios cuando circulas por la calzada general, sin vía ciclista; ahí, ir sin ellos se multa con 90 €. Desde el 1/10/2026 el casco es obligatorio en todas partes por la norma estatal; sin él, infracción grave de 200 €. | Ordenanza, art. 37 y anexo I; RD 518/2026 |
| Llevar a otra persona | Prohibido: en el patinete solo cabe una persona. Multa de 90 €. | Ordenanza, art. 37 y anexo I |
| Luces y equipamiento | Luces encendidas a cualquier hora del día. El patinete debe tener frenos, timbre, luz delantera y trasera y catadióptricos; si falta algo, 90 €. | Ordenanza, art. 37 y anexo I |
| Altura mínima | En las zonas 30 y calles de hasta 30 km/h, el patinete con su conductor debe medir al menos 1,40 metros; si no llega, banderín de seguridad hasta 1,50 metros. | Ordenanza, art. 40 |
| Móvil, auriculares y alcohol | Auriculares y móvil, prohibidos: 200 € cada uno. Alcohol o drogas, 500 €. Tampoco se pueden cruzar los pasos de peatones montado (200 €), salvo en los carriles bici. | Ordenanza, art. 39 y anexo I |
| Aceras y zonas peatonales | Prohibido circular por aceras, paseos y zonas peatonales: 200 €. | Ordenanza, art. 40 y anexo I |
¿Por dónde puedes circular en patinete en Málaga?
La ordenanza divide la ciudad en zonas, cada una con su velocidad máxima:
- Vías ciclistas (carriles bici segregados, aceras bici, pistas bici y sendas ciclables), siempre en el sentido señalizado: 15 km/h en las aceras bici y 25 km/h en el resto.
- Zonas 20, calles residenciales y calles de plataforma única: hasta 20 km/h, con preferencia para los peatones.
- Zonas 30 y calles limitadas a 30 km/h o menos: hasta 25 km/h, en el sentido de la circulación.
- Centro histórico y demás zonas de acceso restringido: los patinetes particulares pueden entrar, hasta 20 km/h y con preferencia para los peatones; los de alquiler, no.
- Resto de calzadas: solo si no hay una vía ciclista alternativa y no son de la red básica de la ciudad (salvo los carriles derechos señalizados a 30 km/h), hasta 25 km/h y con casco y chaleco.
Por las aceras, los paseos y las zonas peatonales no se puede circular. Donde compartas espacio con peatones, deja al menos 1 metro (y 1,80 metros con las fachadas en las calles de plataforma única) y, si hay aglomeración, bájate y sigue a pie.
¿Dónde se aparca el patinete en Málaga?
Solo en las reservas señalizadas para ello: la ordenanza no permite aparcarlo en ningún otro sitio. Si está mal aparcado o abandonado, la Policía Local puede denunciarlo y llevarlo al depósito municipal. Según Diario Sur, desde febrero de 2022 la grúa cobra 23,15 € por cada patinete que retira, más 3,83 € por día de depósito.
¿Tiene Málaga un registro municipal de patinetes?
No. La ordenanza permite al Ayuntamiento crear un registro de patinetes para saber cuántos hay en la ciudad, pero el registro que se exige para circular es el de la DGT, obligatorio desde el 30 de enero de 2026, que es el que tramitamos nosotros. Los patinetes no certificados, vendidos antes del 22 de enero de 2024, también se inscriben y pueden circular hasta el 22 de enero de 2027 (qué hacer con un patinete no certificado).
¿Puedes subir el patinete al autobús, al metro o al Cercanías en Málaga?
Depende del transporte. En el metro de Málaga y en los autobuses del Consorcio de Transporte Metropolitano, no: la Junta de Andalucía lo prohibió de forma temporal desde el 1 de enero de 2024, por el riesgo de incendio de las baterías, y no nos consta que se haya levantado. En la EMT, el Ayuntamiento prohibió desde el 13 de mayo de 2024 subir con patinetes que no cumplan la normativa de la DGT; según La Opinión de Málaga, los certificados sí pueden subir si el dueño lo acredita. El Cercanías, en cambio, los admite desde el 7 de septiembre de 2026, con condiciones.
| Transporte | ¿Se admite el patinete? | Detalle |
|---|---|---|
| Metro de Málaga | No | Prohibición temporal de la Junta de Andalucía desde el 1/01/2024. |
| Autobuses del Consorcio (interurbanos) | No | Prohibición temporal de la Junta de Andalucía desde el 1/01/2024. |
| Autobús urbano (EMT) | Solo si cumple la normativa de la DGT | Desde el 13/05/2024, prohibido con patinetes que no la cumplen (medida temporal). Según la prensa, hay que poder acreditar la certificación. |
| Trenes de Renfe (Cercanías, Media y Larga Distancia) | Sí, desde el 7/09/2026 | Solo patinetes certificados, inscritos en la DGT, con la etiqueta visible y con seguro; plegados, apagados, en la zona de equipajes y sin cargarlos a bordo. |
¿Qué añade el Real Decreto 518/2026 desde el 1 de octubre?
Sobre todo, el casco en todas partes: la ordenanza solo lo exigía en la calzada general, y desde el 1 de octubre de 2026 es obligatorio siempre, homologado o certificado y abrochado. Las luces, que la ordenanza ya obligaba a llevar encendidas a cualquier hora, serán obligatorias de día en toda España a partir del 1 de octubre de 2027; de noche o con poca visibilidad, además, hace falta un elemento luminoso o reflectante que se vea a 150 metros. También hay que señalizar los giros con el brazo. Todas las novedades del 1 de octubre.
Sobre la edad, la ordenanza dice 16 años y la norma estatal, 15. Si el patinete lo va a conducir alguien de 15 años, consulta con el Ayuntamiento qué edad se aplica.
¿Cómo inscribimos tu patinete desde Málaga?
Todo se hace a distancia: rellenas el formulario de inscripción, subes tu documentación y la del patinete (qué documentos necesitas) y nosotros presentamos la inscripción en la DGT. Pagas 35 € con la tasa de la DGT (8,67 €) incluida y recibes el certificado de inscripción en PDF en menos de 24 horas desde que la documentación está completa, sin pedir cita en Tráfico. Vale igual si vives en Málaga que en cualquier otro municipio de la provincia.
Necesitas residencia legal en España y tu DNI o NIE, y la DGT exige identificarte con uno de estos tres métodos: Cl@ve PIN, certificado digital o carnet de conducir español. Si tienes carnet de conducir español, no necesitas Cl@ve ni certificado digital: con tu carnet te identificamos y hacemos todo el trámite por ti. El carnet solo sirve para identificarte; no hace falta para circular en patinete (más sobre el trámite sin Cl@ve).
La inscripción no incluye la placa identificativa (la etiqueta identificativa que exige la DGT, lo que mucha gente llama matrícula o pegatina). Puedes pedirla aparte por 15 € + 4,95 € de envío o elegir el pack registro + placa por 45 € + 4,95 €, y te la enviamos a casa en 3 a 7 días laborables. La fabricamos nosotros: NT Cars es manipulador de placas autorizado. Con el certificado ya puedes contratar el seguro: te enviamos el enlace de un partner, desde 44 € (seguro obligatorio). Y si algún día vienes a Barcelona y prefieres hacerlo en persona, pide cita previa en nuestra oficina de la calle Rosselló, 216, planta 6 (Eixample), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, por WhatsApp (+34 634 434 485) o por correo (patinetes@ntcars.es).
Fuentes
- Real Decreto 52/2026 (BOE, 30/01/2026): la obligación de inscribir el patinete y el plazo de los no certificados.
- Real Decreto 518/2026 (BOE) y nota de la DGT del 23/06/2026: casco, edad, luces y aceras en toda España desde el 1/10/2026.
- Ley 5/2025 y nota de la DGT del 27/01/2026: el seguro obligatorio y cuánto se multa circular sin él.
- Ordenanza de Movilidad para la ciudad de Málaga (BOP de Málaga nº 11, 19/01/2021), artículos 36 a 43 y anexo I de multas: edad, luces, casco, zonas y velocidades, aparcamiento y registro.
- Diario Sur (7/02/2022): la tasa de la grúa por retirar un patinete.
- Ayuntamiento de Málaga (12/05/2024) y La Opinión de Málaga (13/05/2024): los patinetes en los autobuses de la EMT.
- Resolución de 20 de diciembre de 2023 de la Junta de Andalucía (BOJA nº 247) y Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga: la prohibición temporal en el metro y en los autobuses del Consorcio.
- Renfe (4/09/2026): en qué trenes se admiten los patinetes desde el 7/09/2026 y con qué condiciones.