Alicante regula los patinetes desde agosto de 2020 con una ordenanza propia, la Ordenanza municipal reguladora de las condiciones de circulación de los vehículos de movilidad personal: exige casco, fija velocidades por tipo de vía y prohíbe expresamente circular por la Explanada de España y por los paseos del Postiguet, la avenida de Niza y Urbanova. A ella se suma la norma estatal: la inscripción en la DGT es obligatoria desde el 30 de enero de 2026 (Real Decreto 52/2026) y, desde el 1 de octubre de 2026, se aplican las reglas del Real Decreto 518/2026.
| Tema | Qué se aplica en Alicante | Fuente |
|---|---|---|
| Inscripción y seguro | Inscripción en la DGT obligatoria desde el 30/01/2026. El seguro también es obligatorio: la ordenanza de 2020 solo lo recomendaba, pero hoy lo exige la Ley 5/2025, como recuerda la web municipal, y la DGT multa con 250 a 800 € circular sin él. | RD 52/2026; Ley 5/2025; Ayuntamiento de Alicante |
| Edad mínima | La ordenanza de 2020 dice 16 años (o menos con el permiso AM de ciclomotor); la web municipal, actualizada en septiembre de 2026, ya indica 15, el mínimo estatal desde el 1/10/2026. Circular sin la edad permitida es infracción grave (101 a 200 €). | Ordenanza, arts. 5 y 15; Ayuntamiento de Alicante; RD 518/2026 |
| Casco | Obligatorio desde 2020 por la ordenanza; ir sin él es infracción grave (101 a 200 €). Desde el 1/10/2026 también lo exige la norma estatal, homologado o certificado y abrochado. | Ordenanza, arts. 5 y 15; RD 518/2026 |
| Llevar a otra persona | Prohibido: solo uso individual. Infracción grave (101 a 200 €). | Ordenanza, arts. 5 y 15 |
| Luces y equipamiento | Los patinetes deben llevar frenos, timbre, luz delantera y trasera y elementos reflectantes homologados; sin ellos, infracción grave. | Ordenanza, arts. 5 y 15 |
| Móvil y auriculares | Prohibido circular con auriculares o usando el móvil: infracción grave (101 a 200 €). | Ordenanza, arts. 5 y 15 |
| Aceras y paseos | Prohibido circular por aceras, zonas peatonales y paseos como la Explanada de España o los del Postiguet, la avenida de Niza y Urbanova, y también por las aceras bici. | Ordenanza, art. 6 |
| Multas de la ordenanza | Leves, hasta 100 €; graves, de 101 a 200 €; muy graves (alcohol o drogas, temeridad o ir más de un 50 % por encima del límite), de 201 a 500 €. | Ordenanza, arts. 14 a 17 |
¿Por dónde puedes circular en patinete en Alicante?
La ordenanza fija dónde y a qué velocidad:
- Carriles bici y pistas bici: hasta 20 km/h.
- Sendas ciclables y paseos de tierra: hasta 10 km/h.
- Calzada de las zonas 30, ciclocalles y calles limitadas a 30 km/h: hasta 25 km/h, por el centro del carril.
- Calles de un solo carril y un solo sentido: hasta 25 km/h.
- Calles residenciales y parques con senda o itinerario ciclista: a paso de peatón, y nunca por las zonas verdes.
No puedes circular por aceras, zonas peatonales ni paseos pavimentados, como la Explanada de España o los paseos del Postiguet, la avenida de Niza y Urbanova. Tampoco por las aceras bici, los carriles bus ni las vías del tranvía, ni por las calles con dos o más carriles en el mismo sentido si alguno pasa de 30 km/h, salvo que haya una ciclocalle señalizada. Donde compartas espacio con peatones, deja al menos 1 metro con ellos y con las fachadas.
¿Dónde se aparca el patinete en Alicante?
En los aparcamientos para bicicletas. Si no hay ninguno libre en 50 metros, puedes dejarlo en otro sitio de la vía pública, con las mismas condiciones que las bicis. Aparcarlo en aceras, paseos o zonas peatonales entorpeciendo el paso, o atarlo donde está prohibido, es infracción leve, y la retirada al depósito sigue las mismas reglas que la de las bicicletas.
¿Tiene Alicante un registro municipal de patinetes?
Sí, voluntario, desde 2020: la ordenanza permite registrar el patinete en el Ayuntamiento con su marca, modelo y número de bastidor o de serie, para poder identificarlo. Es distinto del registro de la DGT, que es el obligatorio para circular desde el 30 de enero de 2026 y el que tramitamos nosotros. Los patinetes no certificados, vendidos antes del 22 de enero de 2024, también se inscriben y pueden circular hasta el 22 de enero de 2027 (qué hacer con un patinete no certificado).
¿Puedes subir el patinete al autobús, al TRAM o al Cercanías en Alicante?
Al autobús urbano, sí: según las preguntas frecuentes de Vectalia, la empresa que lo opera, el patinete tiene que ir plegado y dentro de su funda, medir plegado menos de 100 × 60 × 25 cm y quedarse contigo en la plataforma; no se paga más y caben dos por autobús como máximo. El Ayuntamiento está actualizando el reglamento del autobús para recoger que viajen en la mano, plegados y en su bolsa. Al TRAM, en cambio, no: sus normas de viaje prohíben los patinetes eléctricos y los demás vehículos de movilidad personal en toda la red. Y el Cercanías de Renfe los admite desde el 7 de septiembre de 2026, con condiciones.
| Transporte | ¿Se admite el patinete? | Detalle |
|---|---|---|
| Autobús urbano (Vectalia) | Sí | Plegado, dentro de su funda y en la mano, de menos de 100 × 60 × 25 cm; sin coste y dos por autobús como máximo. |
| TRAM d'Alacant | No | Prohibidos los patinetes eléctricos y los demás VMP en las instalaciones y los trenes. |
| Trenes de Renfe (Cercanías, Media y Larga Distancia) | Sí, desde el 7/09/2026 | Solo patinetes certificados, inscritos en la DGT, con la etiqueta visible y con seguro; plegados, apagados, en la zona de equipajes y sin cargarlos a bordo. |
¿Qué añade el Real Decreto 518/2026 desde el 1 de octubre?
En Alicante cambia poco, porque la ordenanza ya exigía casco y prohibía las aceras. La norma estatal añade llevar siempre las luces encendidas (de día, a partir del 1 de octubre de 2027, como ya avisa la web municipal) y, cuando anochece o hay poca visibilidad, un elemento luminoso o reflectante que se vea a 150 metros, además de señalizar los giros con el brazo. Y la edad mínima pasa a ser de 15 años en toda España. Todas las novedades del 1 de octubre.
¿Cómo inscribimos tu patinete desde Alicante?
Todo se hace a distancia: rellenas el formulario de inscripción, subes tu documentación y la del patinete (qué documentos necesitas) y nosotros presentamos la inscripción en la DGT. Pagas 35 € con la tasa de la DGT (8,67 €) incluida y recibes el certificado de inscripción en PDF en menos de 24 horas desde que la documentación está completa, sin pedir cita en Tráfico. Vale igual si vives en Alicante que en cualquier otro municipio de la provincia.
Necesitas residencia legal en España y tu DNI o NIE, y la DGT exige identificarte con uno de estos tres métodos: Cl@ve PIN, certificado digital o carnet de conducir español. Si tienes carnet de conducir español, no necesitas Cl@ve ni certificado digital: con tu carnet te identificamos y hacemos todo el trámite por ti. El carnet solo sirve para identificarte; no hace falta para circular en patinete (más sobre el trámite sin Cl@ve).
La inscripción no incluye la placa identificativa (la etiqueta identificativa que exige la DGT, lo que mucha gente llama matrícula o pegatina). Puedes pedirla aparte por 15 € + 4,95 € de envío o elegir el pack registro + placa por 45 € + 4,95 €, y te la enviamos a casa en 3 a 7 días laborables. La fabricamos nosotros: NT Cars es manipulador de placas autorizado. Con el certificado ya puedes contratar el seguro: te enviamos el enlace de un partner, desde 44 € (seguro obligatorio). Y si algún día vienes a Barcelona y prefieres hacerlo en persona, pide cita previa en nuestra oficina de la calle Rosselló, 216, planta 6 (Eixample), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, por WhatsApp (+34 634 434 485) o por correo (patinetes@ntcars.es).
Fuentes
- Real Decreto 52/2026 (BOE, 30/01/2026): la obligación de inscribir el patinete y el plazo de los no certificados.
- Real Decreto 518/2026 (BOE) y nota de la DGT del 23/06/2026: casco, edad, luces y aceras en toda España desde el 1/10/2026.
- Ley 5/2025 y nota de la DGT del 27/01/2026: el seguro obligatorio y cuánto se multa circular sin él.
- Ordenanza municipal reguladora de las condiciones de circulación de los vehículos de movilidad personal en las vías urbanas de Alicante (BOP de Alicante nº 146, 4/08/2020), artículos 5 a 8 y 14 a 17.
- Ayuntamiento de Alicante: preguntas frecuentes sobre los vehículos de movilidad personal (actualizadas el 17/09/2026): edad, casco, seguro, inscripción y luces.
- Ayuntamiento de Alicante (20/01/2026) y Vectalia: preguntas frecuentes: el patinete en el autobús urbano.
- TRAM d'Alacant: normas de viaje: la prohibición de los patinetes eléctricos en la red del TRAM.
- Renfe (4/09/2026): en qué trenes se admiten los patinetes desde el 7/09/2026 y con qué condiciones.