En Córdoba, los patinetes se rigen por la Ordenanza de Circulación, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, en vigor desde el 18 de febrero de 2023, que ya exigía seguro a todos los patinetes y fija la edad mínima en 15 años. A ella se suma la norma estatal: la inscripción en la DGT es obligatoria desde el 30 de enero de 2026 (Real Decreto 52/2026) y, desde el 1 de octubre de 2026, se aplican las reglas del Real Decreto 518/2026.
| Tema | Qué se aplica en Córdoba | Fuente |
|---|---|---|
| Inscripción y seguro | Inscripción en la DGT obligatoria desde el 30/01/2026. La ordenanza ya exigía desde 2023 un seguro de responsabilidad civil a todos los patinetes, también a los de uso particular. La DGT multa con 250 a 800 € circular sin seguro. | RD 52/2026; Ordenanza, art. 48 y disposición transitoria primera; Ley 5/2025 |
| Edad mínima | 15 años. Con menos, solo en espacios cerrados al tráfico, con un patinete adecuado a su edad, altura y peso, y bajo la responsabilidad de los padres o tutores. | Ordenanza, art. 46; RD 518/2026 |
| Casco | Obligatorio para todos desde el 1/10/2026 por la norma estatal (homologado o certificado y abrochado); sin él, infracción grave de 200 €. La ordenanza ya lo pedía en su artículo 48, que regula sobre todo los patinetes usados en actividades económicas. | RD 518/2026; Ordenanza, art. 48 |
| Llevar a otra persona | Prohibido en cualquier tipo de patinete. | Ordenanza, art. 46 |
| Altura mínima | El patinete con su conductor debe medir al menos 1,40 metros; si no llega, hay que llevar un banderín de seguridad que alcance 1,50 metros. | Ordenanza, art. 46 |
| Luces | Luz delantera y trasera encendidas de noche o con poca visibilidad. El Ayuntamiento aconseja además una prenda reflectante que se vea a 150 metros. | Ordenanza, art. 46 |
| Móvil, auriculares y alcohol | Prohibido usar auriculares y el móvil. Las tasas de alcohol y las pruebas de alcohol y drogas son las de la Ley de Tráfico. | Ordenanza, art. 46 |
| Multas de la ordenanza | Leves, hasta 100 €; graves, 200 €, y muy graves, 500 €. La Policía Local y la DGT hacen campañas de control de patinetes desde julio de 2025. | Ordenanza, art. 132; Ayuntamiento de Córdoba |
¿Por dónde puedes circular en patinete en Córdoba?
La ordenanza fija por dónde y a qué velocidad, siempre que el patinete mida menos de 0,9 metros de ancho:
- Aceras bici y sendas ciclables: hasta 10 km/h.
- Carriles bici: hasta 20 km/h.
- Zonas 10 y zonas 20: sin pasar del límite de la zona.
- Zonas 30, ciclocalles y calles limitadas a 30 km/h: hasta 25 km/h.
Está prohibido circular por las aceras y los espacios reservados a los peatones, los carriles bus, los túneles urbanos, las travesías, las autopistas y autovías, las calles con más de un carril por sentido (salvo que haya un ciclocarril señalizado) y las vías con más de un 15 % de pendiente. El Ayuntamiento lo resume así en su campaña de 2025: nada de aceras ni zonas peatonales, salvo autorización expresa. Donde compartas espacio con peatones, deja al menos 1 metro y, si hay mucha gente, bájate y sigue a pie. Los pasos de peatones se cruzan andando, empujando el patinete, y los giros se indican con el brazo.
En el casco histórico, las zonas de acceso restringido (ACIRE) no te cierran el paso: la ordenanza incluye los patinetes entre los vehículos que pueden entrar sin autorización, circulando por el carril como un vehículo más.
¿Dónde se aparca el patinete en Córdoba?
Donde las bicicletas y con sus mismas condiciones. La ordenanza prefiere los espacios reservados, pero también permite dejarlas en aceras, andenes o paseos de al menos 3 metros de ancho, junto a las barandillas metálicas que separan la acera de la calzada o junto a las farolas, un máximo de 24 horas en el mismo sitio. Siempre sin estorbar a los peatones, sin tapar el pavimento táctil y dejando al menos 1,80 metros libres desde la fachada. Si el patinete está mal aparcado, la Policía Local puede retirarlo al depósito.
¿Tiene Córdoba un registro municipal de patinetes?
No. La ordenanza prevé un registro voluntario para las bicicletas, pero no para los patinetes: el registro que se exige para circular es el de la DGT, obligatorio desde el 30 de enero de 2026, que es el que tramitamos nosotros. Lo que sí adelantó Córdoba fue el seguro: su ordenanza lo exigía a todos los patinetes, también a los particulares, con seis meses de plazo desde su entrada en vigor, mucho antes de que la Ley 5/2025 lo hiciera obligatorio en toda España. Los patinetes no certificados, vendidos antes del 22 de enero de 2024, también se inscriben y pueden circular hasta el 22 de enero de 2027 (qué hacer con un patinete no certificado).
¿Puedes subir el patinete al autobús de Aucorsa o al tren?
Al autobús urbano de Aucorsa, sí, con condiciones: en noviembre de 2023 la Delegación de Movilidad explicó a Cordópolis que no pensaba prohibirlo y que se puede subir si el patinete va bien plegado, dentro de una bolsa y en la mano de su dueño. Es otra cosa en los transportes que dependen de la Junta de Andalucía: una resolución de diciembre de 2023 prohibió temporalmente subir con patinetes eléctricos a los autobuses interurbanos y a los demás transportes de su competencia, y no nos consta que se haya levantado. Como las normas del autobús pueden cambiar, confírmalo antes de subir.
| Transporte | ¿Se admite el patinete? | Detalle |
|---|---|---|
| Autobús urbano (Aucorsa) | Sí | Bien plegado, dentro de una bolsa y llevado en la mano por su dueño (condiciones de 2023). |
| Autobuses interurbanos (Junta de Andalucía) | No | Prohibición temporal desde el 1/01/2024, por el riesgo de incendio de las baterías. |
| Trenes de Renfe (Media y Larga Distancia) | Sí, desde el 7/09/2026 | Solo patinetes certificados, inscritos en la DGT, con la etiqueta visible y con seguro; plegados, apagados, en la zona de equipajes y sin cargarlos a bordo. |
¿Qué añade el Real Decreto 518/2026 desde el 1 de octubre?
En Córdoba, sobre todo el casco: desde el 1 de octubre de 2026 es obligatorio para todos, homologado o certificado y abrochado. La edad mínima estatal, 15 años, coincide con la de la ordenanza. Además, hay que llevar siempre las luces encendidas (de día, a partir del 1 de octubre de 2027) y, cuando anochece o hay poca visibilidad, un elemento luminoso o reflectante que se vea a 150 metros, y señalizar los giros con el brazo, como ya pedía la ordenanza. Por la acera no se puede ir nunca, y por las zonas peatonales solo si el Ayuntamiento lo autoriza. Todas las novedades del 1 de octubre.
¿Cómo inscribimos tu patinete desde Córdoba?
Todo se hace a distancia: rellenas el formulario de inscripción, subes tu documentación y la del patinete (qué documentos necesitas) y nosotros presentamos la inscripción en la DGT. Pagas 35 € con la tasa de la DGT (8,67 €) incluida y recibes el certificado de inscripción en PDF en menos de 24 horas desde que la documentación está completa, sin pedir cita en Tráfico. Vale igual si vives en Córdoba que en cualquier otro municipio de la provincia.
Necesitas residencia legal en España y tu DNI o NIE, y la DGT exige identificarte con uno de estos tres métodos: Cl@ve PIN, certificado digital o carnet de conducir español. Si tienes carnet de conducir español, no necesitas Cl@ve ni certificado digital: con tu carnet te identificamos y hacemos todo el trámite por ti. El carnet solo sirve para identificarte; no hace falta para circular en patinete (más sobre el trámite sin Cl@ve).
La inscripción no incluye la placa identificativa (la etiqueta identificativa que exige la DGT, lo que mucha gente llama matrícula o pegatina). Puedes pedirla aparte por 15 € + 4,95 € de envío o elegir el pack registro + placa por 45 € + 4,95 €, y te la enviamos a casa en 3 a 7 días laborables. La fabricamos nosotros: NT Cars es manipulador de placas autorizado. Con el certificado ya puedes contratar el seguro: te enviamos el enlace de un partner, desde 44 € (seguro obligatorio). Y si algún día vienes a Barcelona y prefieres hacerlo en persona, pide cita previa en nuestra oficina de la calle Rosselló, 216, planta 6 (Eixample), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, por WhatsApp (+34 634 434 485) o por correo (patinetes@ntcars.es).
Fuentes
- Real Decreto 52/2026 (BOE, 30/01/2026): la obligación de inscribir el patinete y el plazo de los no certificados.
- Real Decreto 518/2026 (BOE) y nota de la DGT del 23/06/2026: casco, edad, luces y aceras en toda España desde el 1/10/2026.
- Ley 5/2025 y nota de la DGT del 27/01/2026: el seguro obligatorio y cuánto se multa circular sin él.
- Ordenanza de Circulación, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible de Córdoba (BOP de Córdoba nº 33, 17/02/2023), artículos 37, 38, 46, 48, 104 y 132 y disposición transitoria primera: circulación, velocidades, edad, altura mínima, seguro, aparcamiento y multas.
- Ayuntamiento de Córdoba: campaña de control de patinetes de la Policía Local y la DGT (21/07/2025) y sus normas básicas.
- Cordópolis (28/11/2023): las condiciones para subir el patinete al autobús de Aucorsa.
- Resolución de 20 de diciembre de 2023 de la Junta de Andalucía (BOJA nº 247): la prohibición temporal de los patinetes eléctricos en los transportes que dependen de la Junta.
- Renfe (4/09/2026): en qué trenes se admiten los patinetes desde el 7/09/2026 y con qué condiciones.