El Real Decreto 52/2026 no fija por sí mismo una multa por no inscribir el patinete, aunque la ordenanza de Badalona sí la prevé (hasta 300 €). En cualquier caso, sin inscripción ni etiqueta el patinete no puede circular legalmente ni asegurarse, y la DGT multa con 250 a 800 € circular sin seguro (202 a 610 € por no tenerlo contratado). Además, el patinete puede quedar inmovilizado.

¿Cuánto son las multas del patinete en 2026?

Estas son las multas del patinete y la norma de la que sale cada una; donde no hay una cifra oficial, lo decimos. La del casco se aplica desde el 1 de octubre de 2026.

InfracciónMultaNormaFuente
No tener contratado el seguro obligatorio202 a 610 €Ley 5/2025 y Real Decreto Legislativo 8/2004DGT, 27/01/2026
Circular sin seguro250 a 800 €, y posible inmovilización o depósito del patineteLey 5/2025 y Real Decreto Legislativo 8/2004DGT, 27/01/2026
Circular sin inscripción o sin etiquetaNo hay una cifra estatal propia; sin inscripción ni etiqueta no puede circular legalmente ni asegurarse. En Badalona, la ordenanza lo multa con hasta 300 €Real Decreto 52/2026 (no fija multas); ordenanza de Badalona, art. 54.3.cBOE · BOPB
Ir sin casco (desde el 1/10/2026)200 € (infracción grave)Real Decreto 518/2026; Ley de Tráfico, arts. 76 y 80BOE
Usar el móvil o llevar auriculares200 € cada infracciónLey de Tráfico, art. 76BOE
Alcohol por encima de la tasa (los mismos límites que el resto de conductores)500 €, o 1.000 € si se dobla la tasa o se repite; inmovilizaciónLey de Tráfico, art. 80DGT, «En patinete»
Drogas1.000 €; inmovilizaciónLey de Tráfico, art. 80DGT, «En patinete»
Llevar a otra personaProhibido, porque es un vehículo de una plaza. No hay cifra estatal oficial; en Barcelona, 100 €Definición de VMP; ordenanza de Barcelonabetevé (prensa)

La Ley de Tráfico es el Real Decreto Legislativo 6/2015. Todas las normas están enlazadas al final, en las fuentes oficiales.

Las multas del seguro son las de la norma estatal; algunas ordenanzas municipales fijan otras, por ejemplo hasta 600 € por circular sin seguro en Badalona o Palma.

¿Qué pasa si circulas con el patinete sin inscribir?

La inscripción es obligatoria desde el 30 de enero de 2026, pero el Real Decreto 52/2026 no fija una multa propia por no hacerla. Alguna ordenanza municipal sí lo hace: en Badalona, no registrar el patinete es falta grave, con multa de hasta 300 € (art. 54.3.c). El problema es lo que arrastra: sin inscripción ni etiqueta no puedes asegurar el patinete, y circular sin seguro sí tiene multa (250 a 800 €), además de la posible inmovilización o depósito del patinete.

Y hay controles: en Valencia, según la prensa local, la Policía Local controla los patinetes sin inscribir desde junio de 2026.

Con la etiqueta pasa lo mismo: es obligatorio llevarla y no hay una cifra oficial de multa por no llevarla, pero sin ella el patinete no puede circular legalmente. Puedes pedir la placa identificativa (la etiqueta identificativa que exige la DGT, lo que mucha gente llama matrícula o pegatina) con nosotros por 15 € + 4,95 € de envío o en otro manipulador de placas habilitado.

¿Qué cambia desde el 1 de octubre de 2026?

Con el Real Decreto 518/2026, el casco pasa a ser obligatorio (homologado o certificado, y abrochado): ir sin él es una infracción grave de 200 €. Además, la edad mínima es de 15 años, de noche hay que llevar un elemento luminoso o reflectante visible a 150 m, las luces van siempre encendidas (de día, se exigirá desde el 1 de octubre de 2027) y nunca se puede ir por la acera.

En Barcelona, el casco ya era obligatorio por ordenanza desde el 1 de febrero de 2025, con multa de 100 €. Todos los cambios, en las nuevas normas del patinete desde el 1 de octubre.

¿Y si el patinete está trucado?

Si supera los 25 km/h, deja de ser un VMP (vehículo de movilidad personal): no puede matricularse como ciclomotor, porque sin asiento no se homologa, y no puede circular. Y si hay un accidente, la aseguradora paga a la víctima, pero puede reclamar lo pagado al conductor que lo trucó (Ley 5/2025, disposición adicional 1.ª).

¿Qué pasa si tienes un accidente sin seguro?

Respondes tú de los daños que causes. Cuando no hay seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros solo cubre a la víctima los daños personales, no los materiales. Con seguro, las coberturas mínimas son 6.450.000 € en daños personales y 1.300.000 € en daños materiales (Ley 5/2025). Lo explicamos en el seguro obligatorio del patinete.

¿Puedo recurrir una multa de patinete?

Sí. Desde que te notifican la denuncia tienes 20 días naturales para elegir uno de estos dos caminos (Ley de Tráfico, arts. 93-95):

  • Pagar con un 50 % de descuento (pronto pago). Con ese pago termina el procedimiento, así que ya no podrás presentar alegaciones.
  • Presentar alegaciones y aportar pruebas, si crees que la multa no es correcta. Por ejemplo, el certificado de inscripción o la póliza, si el patinete estaba inscrito y asegurado.

Revisa también las fechas: las infracciones leves prescriben a los 3 meses y las graves y muy graves, a los 6 meses, contados desde el día de los hechos. Y el procedimiento caduca al año (Ley de Tráfico, art. 112).

¿Cómo evitar las multas?

Antes de salir, comprueba esta lista:

  • El patinete está inscrito en la DGT (guarda el certificado de inscripción en el móvil).
  • Lleva la etiqueta identificativa: en los certificados, en el porta-identificador trasero; en los no certificados, en un lugar visible.
  • Tienes el seguro de responsabilidad civil en vigor.
  • Llevas el casco abrochado (obligatorio desde el 1 de octubre de 2026) y, de noche, un elemento luminoso o reflectante.
  • Nada de móvil ni auriculares, ni alcohol o drogas.
  • Nunca por la acera, y con un patinete que no pase de 25 km/h.

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Preguntas frecuentes sobre las multas

¿Cuánto es la multa por circular con un patinete sin matricular?

El Real Decreto 52/2026 no fija por sí mismo una multa por no inscribir el patinete, aunque la ordenanza de Badalona sí la prevé (hasta 300 €). En cualquier caso, sin inscripción ni etiqueta el patinete no puede circular legalmente ni asegurarse, y la DGT multa con 250 a 800 € circular sin seguro (202 a 610 € por no tenerlo contratado). Además, el patinete puede quedar inmovilizado.

¿Me pueden multar por no tener seguro aunque no esté circulando?

Sí. No tener el seguro contratado se multa con 202 a 610 €. Si te paran circulando sin seguro, la multa es de 250 a 800 € y el patinete puede quedar inmovilizado o ir al depósito.

¿Cuánto es la multa por ir dos en patinete?

Llevar a otra persona está prohibido, porque el patinete es un vehículo de una sola plaza. No hay una cifra estatal oficial; en Barcelona la multa es de 100 €.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar con descuento?

Tienes 20 días naturales desde la notificación. Si pagas en ese plazo, tienes un 50 % de descuento y el procedimiento termina; en ese mismo plazo puedes, en su lugar, presentar alegaciones y pruebas.

¿Cuándo prescribe una multa de patinete?

Las infracciones leves prescriben a los 3 meses y las graves y muy graves, a los 6 meses, contados desde el día de los hechos. El procedimiento caduca al año.

Fuentes oficiales

Xavier Ilincheta Ferrer es gestor administrativo colegiado nº 4213 del Col·legi Oficial de Gestors Administratius de Catalunya, especializado en trámites de vehículos, y dirige la gestoría de NT Cars (ver su ficha en el Colegio).