¿Qué son los patinetes "no certificados"?
Un patinete eléctrico "certificado" es aquel que dispone de un certificado de tipo DGT, identificado por una placa negra con un código en formato letra + 4 dígitos (por ejemplo, e1*0042). Solo los modelos que han superado el proceso de homologación oficial pueden ostentar esta distinción.
Un patinete "no certificado" es cualquier VMP que no tiene esa homologación. Esto incluye modelos importados de países sin equivalencia normativa, versiones antiguas de marcas conocidas vendidas antes de que existiera el proceso de certificación DGT, y cualquier patinete genérico sin documentación de tipo.
Desde el 22 de enero de 2024, solo pueden comercializarse en España patinetes con certificado DGT. Pero todos los patinetes vendidos antes de esa fecha —y los importados de forma particular— pueden acogerse al régimen transitorio.
¿Qué dice el RD 52/2026 sobre el régimen transitorio?
El Real Decreto 52/2026 establece que los propietarios de VMP no certificados pueden inscribir su vehículo en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT y continuar circulando por vía pública, bajo las siguientes condiciones:
- La inscripción debe realizarse antes del 22 de enero de 2027.
- El patinete inscrito bajo régimen transitorio puede circular hasta esa misma fecha.
- La inscripción está sujeta al pago de la Tasa 4.1 (8,67 €) y cumple los mismos requisitos documentales que la inscripción estándar.
- El patinete inscrito bajo régimen transitorio también debe disponer del seguro obligatorio de RC (Ley 5/2025).
¿Quién puede acogerse?
Pueden inscribirse bajo el régimen transitorio los propietarios de:
- Patinetes sin placa de certificación DGT adquiridos antes del 22/01/2024.
- Patinetes importados de otros países (Amazon UK, AliExpress, etc.) sin homologación española.
- Patinetes sin número de serie visible o con número borrado o ilegible.
- Patinetes de segunda mano cuya historia documental es desconocida o incompleta.
En todos estos casos, NT Cars puede gestionar la inscripción bajo el régimen transitorio con los mismos 35 € y el mismo plazo de 24-48 horas.
Documentación necesaria para la inscripción transitoria
El proceso es el mismo que para los patinetes certificados, con una variante:
- DNI o NIE del titular.
- Foto de la placa con el número de serie del patinete (si existe) o de la ficha técnica.
- Si no hay número de serie visible, NT Cars gestiona el trámite como vehículo sin identificador físico.
No se exige certificado de tipo ni homologación DGT para la inscripción transitoria.
¿Qué ocurre después del 22 de enero de 2027?
Esta es la pregunta que más nos hacen. La respuesta honesta es que la normativa actual (RD 52/2026) no especifica de forma expresa qué régimen se aplicará a los patinetes transitoriamente inscritos una vez expire el plazo.
Lo que sí está claro:
- A partir del 22/01/2027, no se podrán inscribir nuevos patinetes no certificados. La DGT solo admitirá inscripciones de VMP con certificado de tipo.
- Los ya inscritos bajo régimen transitorio estarán en una situación jurídica pendiente de aclaración por parte de la Administración.
- Es razonable prever que la DGT o el Ministerio de Interior publicarán instrucciones específicas antes de esa fecha.
La recomendación de NT Cars es inscribirse cuanto antes bajo el régimen transitorio si tienes un patinete no certificado. Circular sin inscripción hoy supone multas de 200-1.000 €. La inscripción transitoria da cobertura legal hasta 2027 y permite contratar el seguro obligatorio.
¿Vale la pena inscribir un patinete no certificado si solo dura hasta 2027?
Desde un punto de vista práctico, sí. Estas son las razones:
- Circulación legal: Sin inscripción, cualquier desplazamiento puede ser sancionado.
- Seguro: Sin inscripción no puedes contratar el seguro obligatorio de RC. Sin seguro, la multa mínima es de 250 €.
- Coste total: 35 € de inscripción + ~50 €/año de seguro. Mucho menos que una multa combinada (mínimo 450 €).
- Tiempo: Tienes hasta el 22/01/2027 para usarlo legalmente. Eso es entre 1 y 2 años de uso cubierto.
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Inscribir ahoraBasado en RD 52/2026. Disposición transitoria para VMP no certificados. Abril 2026.